Una pregunta frecuente que nos hacen en el despacho cuando alguien viene a informarse sobre un divorcio es:
“¿Puedo aportar pruebas de que me ha sido infiel?”
“¿Eso sirve de algo en el juzgado?”
“¿Puede influir a la hora de decidir con quién se quedan los niños?”
Estas preguntas son totalmente comprensibles. En momentos tan delicados, es lógico que afloren sentimientos como el dolor, la decepción o la necesidad de justicia personal. Sin embargo, desde un punto de vista legal, es importante dejar claro cómo funciona esto en nuestro sistema jurídico.
El divorcio en España no es “causal”
Es decir, no se necesita justificar el motivo por el que uno quiere divorciarse. Basta con que uno de los cónyuges lo solicite. Por tanto, no importa jurídicamente si ha habido infidelidades, mentiras o deslealtades.
Los jueces no entran a valorar quién ha sido el “culpable” del fracaso de la relación.
Aunque para ti como cliente pueda resultar moralmente reprobable —y tengas todo el derecho a sentirte herido o traicionado—, desde el punto de vista jurídico, no tiene relevancia.
¿Y en cuanto a los hijos?
Otro tema muy habitual es cuando alguno de los progenitores tiene una nueva pareja y la introduce rápidamente en la vida familiar, a veces conviviendo con los hijos a los pocos meses. Esto puede generar malestar en el otro progenitor, que lo percibe como una falta de respeto o como un mal ejemplo para los niños.
En estos casos, muchos padres y madres nos preguntan:
“¿Eso puede influir en la custodia?”
“¿Puedo usarlo como argumento para pedir la custodia exclusiva?”
La respuesta, en términos generales, es no.
Lo que valoran los jueces
Los tribunales no toman decisiones sobre la custodia en función de las vidas sentimentales de los progenitores. Solo entran a valorar si esas relaciones afectan de forma directa al bienestar del menor. Por ejemplo:
-
Si la nueva pareja tiene antecedentes penales.
-
Si existe un entorno inestable o perjudicial para el niño.
-
Si hay cambios constantes de convivencia o conflictos graves.
Pero tener una nueva pareja o haber sido infiel no convierte a nadie en un mal padre o madre a ojos del juzgado.
¿Entonces de qué sirve tener pruebas?
A veces los clientes vienen con mensajes, correos electrónicos, fotos… pruebas de infidelidades que han ido recopilando, con la idea de que puedan “servir para algo”. La realidad es que, en la gran mayoría de los casos, estos elementos no aportan nada jurídicamente.
Otra cosa distinta sería si esas pruebas reflejaran conductas que sí afectan al menor, como insultos, manipulación emocional, consumo de sustancias, etc. Pero lo que tiene que ver con la vida sentimental o sexual de los progenitores queda fuera del ámbito de valoración judicial.
En resumen:
El divorcio en España no es causal: no importa legalmente quién fue infiel o por qué se rompió la relación.
Los jueces no entran a valorar vidas privadas si no afectan directamente al bienestar del menor.
Aportar pruebas de infidelidad no influye en la decisión sobre la custodia o el régimen de visitas.
Aunque puedan ser hechos dolorosos o moralmente cuestionables, no tienen relevancia legal.
Desde nuestro despacho de abogados de familia en Madrid, acompañamos a nuestros clientes tanto desde el plano jurídico como humano, explicando con claridad qué es importante legalmente y qué no, y ayudándote a enfocar tu energía en lo que realmente puede marcar la diferencia.
Si estás atravesando un proceso de ruptura, estamos aquí para ayudarte.