Extinción de la pensión de alimentos por falta de relación entre progenitor e hijo mayor de edad
En nuestro despacho de abogados de familia en Madrid, cada vez es más frecuente que padres separados nos planteen una misma cuestión: “¿Tengo que seguir pagando la pensión de alimentos si mi hijo no quiere saber nada de mí?”.
En este artículo te explicamos cuándo puede solicitarse la extinción de la pensión alimenticia por falta de relación familiar y qué criterios está siguiendo la jurisprudencia.
Menores de edad: la pensión es irrenunciable
Cuando el hijo es menor de edad, no es posible extinguir la pensión de alimentos por falta de relación. La obligación alimenticia deriva de la filiación, no del trato personal. Aunque existan conflictos o rechazo por parte del menor, el progenitor debe seguir cumpliendo con su obligación, sin perjuicio de que, en determinados casos, se valore una reducción si cambian las circunstancias económicas.
Hijos mayores de edad: ¿puede extinguirse la pensión?
Sí, pero solo en supuestos excepcionales. En 2019, el Tribunal Supremo abrió la puerta a extinguir la pensión de alimentos cuando la falta de relación familiar es grave, prolongada en el tiempo y atribuible exclusivamente al hijo.
Este criterio jurisprudencial, recogido en la STS 502/2019, de 19 de febrero, busca evitar situaciones injustas, como la de padres que, pese a no tener ningún vínculo afectivo ni contacto con sus hijos adultos, siguen obligados a prestar alimentos mientras son ignorados o rechazados.
¿Qué requisitos deben cumplirse?
Para que prospere una solicitud de extinción de pensión por este motivo, deben concurrir las siguientes condiciones:
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Ausencia total de relación familiar, clara, constante y mantenida en el tiempo.
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Imputabilidad exclusiva al hijo: debe acreditarse que es el hijo quien ha decidido romper el vínculo, sin justificación razonable ni causa imputable al progenitor.
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Prueba suficiente: la carga de la prueba corresponde al progenitor que solicita la extinción. Es fundamental documentar los intentos realizados para mantener la relación (mensajes, llamadas, actos de mediación, demandas de ejecución del régimen de visitas, etc.).
¿Qué valoran los tribunales?
Los juzgados valoran cada caso de forma individual, analizando la evolución del vínculo familiar, los esfuerzos realizados por el progenitor para reconducirlo y la actitud del hijo ante esa iniciativa.
Algunas sentencias recientes han aceptado extinguir la pensión de alimentos:
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AP Barcelona (2012): el hijo, ya mayor de edad, no comunicaba nada de su vida al padre, cambió sus apellidos y no mostraba interés alguno por retomar el contacto.
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AP Pontevedra (2020): se acreditó que la falta de relación afectiva era reconocida por el propio hijo y no existía voluntad alguna de reanudarla.
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AP Navarra (2020): la hija admitió en juicio su deseo de no tener ninguna relación con su padre.
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AP Valladolid (2020): quedó constatado el rechazo constante de la hija hacia el progenitor, pese a los intentos de este por comunicarse.
En cambio, otras resoluciones han rechazado la extinción cuando se considera que el alejamiento es mutuo o hay falta de implicación por parte del progenitor alimentante.
¿Qué procedimiento debo iniciar?
El cauce adecuado es el procedimiento de modificación de medidas definitivas, que permite solicitar la revisión o extinción de la pensión cuando haya un cambio sustancial de circunstancias posterior a la sentencia original.
El progenitor deberá aportar toda la documentación y medios de prueba necesarios para acreditar esa falta de vínculo familiar y su causa.
¿Cómo podemos ayudarte?
En nuestro despacho de abogados de familia en Madrid, contamos con amplia experiencia en procedimientos de modificación de medidas, extinción de pensiones y otras cuestiones relacionadas con relaciones familiares complejas. Estudiaremos tu caso de forma personalizada y te ayudaremos a valorar si existe base jurídica suficiente para solicitar la extinción de la pensión de alimentos.
Si necesitas asesoramiento, no dudes en contactar con nosotros.
Estaremos encantados de ayudarte.
Izaskun Uriarte, abogada de Familia en Madrid