¿Se puede acordar la custodia compartida en casos de violencia de género?

¿Se puede acordar la custodia compartida en casos de violencia de género?

Según los datos facilitados por la delegación del Gobierno contra la Violencia de Género durante el año 2023, 1.236 mujeres fueron asesinadas en manos de sus parejas y/o exparejas.

A la luz de estas cifras, lo que resulta evidente que la violencia de genero sigue constituyendo una lacra en nuestra sociedad, cuya incidencia en lugar de decrecer, sigue en aumento.

En el presente post, vamos a abordar las consecuencias jurídicas que se pueden derivar de los actos de violencia de género en el ámbito del derecho de familia.

¿Es posible acordar la custodia compartida en casos de violencia de género?

La respuesta la encontramos en el artículo 92.7 del Código Civil, que establece que no procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por intentar atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos. Tampoco procederá cuando el juez advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género. Se apreciará también a estos efectos la existencia de malos tratos a animales, o la amenaza de causarlos, como medio para controlar o victimizar a cualquiera de estas personas.

Por lo tanto, si existe un procedimiento penal abierto por violencia de género no procederá el establecimiento de la custodia compartida, pero tampoco cuando aun no existiendo este el juez aprecie indicios de que exista violencia de género.

¿Es posible establecer unas visitas en caso de violencia de género?

A esta pregunta responde el artículo 94 CC al señalar que la autoridad judicial determinará el tiempo, modo y lugar en que el progenitor que no tenga consigo a los hijos menores podrá ejercitar el derecho de visitarlos, comunicar con ellos y tenerlos en su compañía.

En ese sentido, establece que no procederá el establecimiento de un régimen de visita o estancia, y si existiera se suspenderá, respecto del progenitor que esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o sus hijos. Tampoco procederá cuando la autoridad judicial advierta, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, la existencia de indicios fundados de violencia doméstica o de género.

Por lo tanto, la regla general es que en casos de violencia género, no procederá tampoco el establecimiento de un régimen de visitas. Ahora bien, como decimos, esta es la regla general, pero no hay que olvidar que los procesos de familia se rigen por el interés superior del menor, el cual no hay que perder nunca de vista. Por lo que, si el interés del mismo si aconseja las visitas, “la autoridad judicial podrá establecer un régimen de visitas, comunicación o estancia en resolución motivada en el interés superior del menor o en la voluntad, deseos y preferencias del mayor con discapacidad necesitado de apoyos y previa evaluación de la situación de la relación paternofilial”.

¿Se puede acordar la custodia compartida cuando el progenitor incurso en el procedimiento por violencia de género es absuelto?

Sí. Considerándose que ha existido un cambio sustancial respecto de las circunstancias existentes al momento de acordar las medidas que acordaron la custodia exclusiva precisamente en atención al procedimiento penal abierto. 

¿Es posible acordar la custodia compartida una vez cumplida la condena de violencia de género?

Sí. Así lo ha señalado el Tribunal Supremo en su Sentencia de 28 de marzo de 2022 al señalar que “Dado que de acuerdo con el art. 136 del Código Penal procede la cancelación de los antecedentes delictivos a los seis meses, debemos concluir que no es computable la condena como óbice para el establecimiento de la custodia compartida”.

 

Izaskun Uriarte, abogada de Familia y Coach.

 

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