¿Se puede recuperar la pensión de alimentos pagada cuando el hijo ya era independiente?

¿Se puede recuperar la pensión de alimentos pagada cuando el hijo ya era independiente?

Una situación que aparece con cierta frecuencia tras un divorcio es la siguiente: el progenitor obligado al pago continúa abonando la pensión de alimentos, pero con el tiempo se descubre que las circunstancias que justificaban ese pago ya habían desaparecido.

Esto genera una duda muy habitual: ¿puede reclamarse la devolución de la pensión de alimentos que se ha pagado cuando ya no correspondía?

La respuesta es que en determinados casos sí es posible, y el propio Tribunal Supremo lo ha confirmado recientemente.

Cuando la pensión ya no tiene causa que la justifique

La pensión de alimentos a favor de los hijos se establece normalmente cuando existe una situación de dependencia económica. Sin embargo, esa obligación no es indefinida.

Si el hijo alcanza independencia económica o cambian las circunstancias que justificaban el pago, puede producirse una causa de extinción de la pensión.

El problema surge cuando esa situación ya se ha producido en la práctica, pero la sentencia o el convenio regulador aún no se han modificado judicialmente, por lo que el progenitor sigue pagando.

En determinados supuestos, los tribunales han considerado que esas cantidades no deberían haberse percibido.

El Tribunal Supremo admite la devolución de la pensión en algunos casos

El Tribunal Supremo ha abordado esta cuestión en varias resoluciones recientes.

En una sentencia dictada en febrero de 2024, el alto tribunal analizó un caso en el que el progenitor continuó pagando la pensión a la madre, aunque la hija mayor de edad ya no convivía con ella y tenía ingresos propios.

El Supremo entendió que, al haber desaparecido las circunstancias que justificaban la pensión, la madre ya no estaba legitimada para seguir percibiéndola.

Por este motivo, el tribunal consideró que las cantidades percibidas carecían de causa legal y ordenó su devolución.

La clave: evitar un enriquecimiento injusto

El razonamiento del Tribunal Supremo se basa en un principio jurídico bastante claro: nadie debe enriquecerse injustamente a costa de otro.

Esto significa que si una persona recibe una cantidad de dinero sin que exista una causa legal que lo justifique, puede surgir la obligación de devolverla.

En el caso de la pensión de alimentos, esto puede ocurrir cuando el progenitor que la recibe continúa cobrando la pensión aunque ya no se cumplan los requisitos que la justificaban.

En qué situaciones puede producirse la devolución de la pensión

Los tribunales han admitido la devolución de la pensión de alimentos en situaciones como:

  • cuando el hijo deja de convivir con el progenitor que recibe la pensión

  • cuando el hijo mayor de edad tiene independencia económica

  • cuando el dinero recibido se utiliza en beneficio exclusivo del progenitor que lo percibe

  • cuando el hijo fallece.

En estos casos puede entenderse que la pensión se ha percibido sin causa que la justifique.

Cuando la extinción no tiene efectos retroactivos

Sin embargo, no siempre ocurre lo mismo.

En muchos procedimientos de modificación de medidas, la pensión se extingue desde la fecha de la sentencia que lo declara, y no desde el momento en que se produjo el cambio de circunstancias.

Esto ocurre cuando la extinción depende de una valoración judicial y no de un hecho objetivo fácilmente acreditable.

Por ejemplo, cuando se discute si el hijo realmente es independiente económicamente o si sigue necesitando ayuda.

La importancia de analizar cada caso concreto

Cada situación debe estudiarse individualmente, porque la posibilidad de reclamar cantidades pagadas dependerá de las circunstancias concretas del caso.

Por eso, cuando existen dudas sobre la continuidad de una pensión de alimentos o sobre la posibilidad de reclamar cantidades abonadas, es recomendable consultar con abogados de familia en Madrid, que puedan analizar la situación y valorar si procede iniciar un procedimiento judicial.

En algunos casos puede solicitarse la extinción de la pensión, y en otros incluso la devolución de cantidades indebidamente percibidas.

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